Daniela Alejandra Aguilera fue condenada a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, luego de admitir su responsabilidad penal en una causa tramitada en la ciudad de Salta. La sentencia fue dictada por el juez José Luis Riera durante una audiencia de revisión de la prisión preventiva, en la que homologó el acuerdo alcanzado entre las partes.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad (UFINAR), con la intervención del fiscal penal Gustavo Torres Rubelt en representación del Ministerio Público Fiscal. El expediente se inició a partir de una denuncia anónima presentada a través de un sitio web y se concentró en una vivienda del barrio Solidaridad, en la capital salteña.
Una investigación iniciada por una denuncia anónima
Según la información incorporada a la causa, la denuncia advertía sobre presuntas maniobras de venta de drogas en el domicilio. A partir de ese dato, los investigadores desplegaron tareas de vigilancia, entrevistas y registros fotográficos y fílmicos destinados a verificar si existía una actividad comercial sostenida y a determinar la modalidad utilizada.
La pesquisa permitió reconstruir movimientos reiterados alrededor de la vivienda. Los agentes observaron que distintas personas se acercaban hasta una ventana del inmueble y que, de acuerdo con la hipótesis de la fiscalía, allí se producían intercambios de dinero por envoltorios con droga. Esa forma de operación fue considerada relevante porque habría permitido realizar ventas directas desde la casa, sin necesidad de que los compradores ingresaran al domicilio.
Uno de los elementos que, según la acusación, reforzó la sospecha fue la intervención de algunas personas después de que se retiraran del lugar. En esos procedimientos se constató que varias llevaban pasta base de cocaína. Para los investigadores, el hallazgo aportó un vínculo concreto entre los movimientos registrados frente a la vivienda y una posible actividad de comercialización al menudeo.

El allanamiento y los elementos secuestrados
Con base en el seguimiento previo, los registros obtenidos y la identificación de maniobras que la fiscalía calificó como repetidas, la UFINAR solicitó una orden judicial de allanamiento. El procedimiento se concretó el 17 de julio en la vivienda señalada por la denuncia y terminó con el secuestro de distintas sustancias y objetos considerados compatibles con el fraccionamiento y la distribución de dosis.
Durante el operativo, los agentes encontraron envoltorios con cocaína, algunos ocultos dentro de un mate. También hallaron cocaína granulada sobre dos platos, además de cuchillos y un colador con restos de sustancia. En el inmueble había asimismo una balanza, una tijera, bolsas y recortes de plástico, materiales que fueron incorporados al expediente como indicios de una posible preparación de dosis para su venta.
El procedimiento incluyó el secuestro de marihuana, dinero en efectivo y ocho teléfonos celulares. De acuerdo con el resultado informado en la causa, el conjunto de sustancias equivalía a más de 400 dosis de cocaína y marihuana. La fiscalía valoró la cantidad, la forma de presentación y la presencia de herramientas de fraccionamiento como elementos adicionales para sostener que la tenencia no estaba destinada exclusivamente al consumo personal.
La relevancia jurídica de esos indicios quedó vinculada al delito finalmente atribuido: la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En este tipo de investigaciones, la acusación debe sostener que la posesión de la droga estaba orientada a una posterior entrega o venta. En el caso, esa hipótesis fue respaldada por la vigilancia sobre la vivienda, los presuntos intercambios observados y los procedimientos realizados sobre algunos compradores.
El acuerdo que cerró el proceso penal
Aguilera permanecía detenida en la Alcaidía General de la Ciudad de Salta mientras avanzaba el proceso. En ese contexto se llevó a cabo la audiencia de revisión de la prisión preventiva. La instancia no se limitó a discutir la continuidad de la medida cautelar: las partes alcanzaron un acuerdo respecto del delito imputado y de la respuesta penal aplicable.
Durante la audiencia, el fiscal Gustavo Torres Rubelt sostuvo la actuación de la UFINAR y formalizó el acuerdo por la figura de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La acusada, por su parte, admitió su responsabilidad penal. El juez José Luis Riera evaluó el entendimiento y lo homologó, tras lo cual impuso una pena de cuatro años de prisión efectiva.
La resolución dejó firme la condena sobre la base del reconocimiento realizado por la imputada y puso fin al proceso judicial por los hechos investigados. La pena de cumplimiento efectivo distingue el caso de aquellos en los que una sanción puede ejecutarse de manera condicional, aunque la información difundida no detalla otras circunstancias personales de Aguilera ni eventuales antecedentes que hayan sido considerados al establecer la sanción.
El expediente expone una modalidad de narcomenudeo basada en operaciones de pequeña escala y contacto directo entre vendedores y compradores. Sin embargo, la condena no se apoyó únicamente en la cantidad de droga incautada: el resultado informado combina la evidencia reunida antes del allanamiento, los elementos encontrados dentro de la vivienda y la admisión de responsabilidad alcanzada en la audiencia. Esa integración de pruebas fue la que permitió encuadrar los hechos en una conducta de comercialización y concretar el acuerdo judicial.
