La iniciativa presentada por la diputada Sandra Patricia Santos Rodríguez en el Congreso del Estado de México busca incorporar a las mujeres en proceso de reinserción social como grupo de atención prioritaria dentro de la Ley de Bienestar y Desarrollo Social estatal. Esta medida no crea nuevas obligaciones presupuestales, sino que obliga a las dependencias y ayuntamientos a adaptar programas existentes de desarrollo social, capacitación laboral, atención psicoemocional y fortalecimiento comunitario para atender de manera diferenciada a este sector.
Antecedentes de exclusión estructural
Durante décadas, las mujeres privadas de la libertad en México han enfrentado condiciones de vulnerabilidad previa que se agravan tras la liberación. La mayoría proviene de contextos de pobreza extrema, violencia doméstica y abandono institucional. Estudios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía muestran que más del 60 % de las mujeres encarceladas en el país reportan haber sufrido violencia antes de su ingreso al sistema penitenciario. Esta realidad se repite en el Estado de México, donde los centros de readaptación social femeniles registran altas tasas de reincidencia vinculadas a la falta de oportunidades laborales y apoyo emocional una vez recuperada la libertad.
La doble estigmatización —por condición de género y por antecedentes penales— genera barreras concretas. Empresas privadas suelen rechazar candidaturas de mujeres con historial penitenciario, mientras que las redes familiares se debilitan por el tiempo de separación. En muchos casos, las mujeres regresan a los mismos entornos de violencia que contribuyeron a su primer delito, cerrando un ciclo que la propuesta legislativa intenta romper mediante acceso prioritario a programas ya existentes.

Impacto en la prevención de reincidencia
La experiencia internacional ofrece evidencia clara sobre los efectos de políticas diferenciadas. En Chile, la incorporación de mujeres exprivadas de libertad a programas de capacitación laboral del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo redujo la reincidencia en un 23 % entre 2018 y 2022, según datos del Ministerio de Justicia. En el Estado de México, la ausencia de mecanismos similares ha mantenido tasas de reingreso superiores al 35 % en los primeros dos años tras la liberación, de acuerdo con reportes internos de la Secretaría de Seguridad estatal.
Al reconocer a estas mujeres como grupo prioritario sin incrementar el gasto público, la reforma permite redistribuir cupos existentes en programas de empleo y atención psicológica. Esto genera un efecto multiplicador: cada mujer que logra insertarse laboralmente reduce la probabilidad de que sus hijos repitan patrones de exclusión, rompiendo ciclos intergeneracionales de pobreza y criminalidad. El ahorro fiscal derivado de menor reincidencia supera con creces cualquier ajuste administrativo requerido.
Efectos en equidad de género y cohesión comunitaria
La reforma también tiene implicaciones más amplias en la agenda de igualdad de género. Las mujeres enfrentan tasas de desempleo postpenitenciario casi el doble que los hombres en situación similar, según diagnósticos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Al facilitar su acceso a programas de desarrollo social, el Estado de México puede reducir esta brecha y avanzar hacia metas de autonomía económica establecidas en la Agenda 2030.
Además, el fortalecimiento de vínculos comunitarios actúa como factor protector. Municipios que han implementado acompañamiento diferenciado reportan mayor participación de estas mujeres en redes vecinales y proyectos productivos locales. Esta integración reduce tensiones sociales y disminuye la percepción de inseguridad asociada a la estigmatización de personas liberadas, beneficiando a toda la comunidad.
Perspectivas de replicación y desafíos de implementación
La propuesta mexiquense podría servir como modelo para otras entidades federativas que enfrentan problemas similares. Estados como Jalisco y Nuevo León ya estudian reformas análogas tras observar los primeros resultados de atención prioritaria en programas de bienestar. Sin embargo, el éxito dependerá de la voluntad de las autoridades municipales para modificar criterios de selección y de la capacitación de funcionarios para evitar que la atención diferenciada derive en prácticas discriminatorias inversas.
El verdadero alcance de esta reforma se medirá en los próximos años mediante indicadores de inserción laboral, reducción de reincidencia y fortalecimiento de redes de apoyo familiar. Si se aplica con rigor, representa un paso concreto hacia un sistema de justicia que no solo castiga, sino que también ofrece condiciones reales para la reconstrucción de vidas.
