El Tribunal Oral Federal de Corrientes rechazó el pedido para apartar al juez Fermín Amado Ceroleni de la presidencia del debate por la desaparición de Loan Danilo Peña. La decisión despeja, por ahora, un obstáculo procesal relevante y permite que el juicio oral se reanude este miércoles con la declaración de cuatro agentes de la Prefectura Naval Argentina.
La resolución no define responsabilidades sobre la desaparición del niño ni anticipa el resultado del debate. Su efecto inmediato es otro: preserva la integración actual del tribunal y evita que una discusión sobre la conducción de las audiencias altere el calendario de producción de prueba. En causas de alta exposición pública, la continuidad del proceso tiene un valor institucional propio, siempre que se mantengan las garantías de las partes.
El tribunal descartó un temor objetivo de parcialidad
La recusación había sido presentada por el defensor público oficial Enzo Di Tella, representante de Bernardino Antonio Benítez. El planteo sostenía que la forma en que Ceroleni dirigía las audiencias generaba un “temor objetivo de parcialidad”. Entre los cuestionamientos, la defensa mencionó interrupciones durante los interrogatorios, llamados de atención, límites para profundizar respuestas de testigos y un trato presuntamente desigual frente a las objeciones formuladas por las partes.
Los jueces Eduardo Ariel Belforte, Simón Pedro Bracco y Estefanía Daniela Acosta entendieron que esos elementos no alcanzaban para demostrar hostilidad hacia una parte ni preferencia a favor de la acusación. La diferencia es central: una defensa puede discrepar con decisiones de dirección del debate, pero la recusación exige demostrar circunstancias que comprometan de modo concreto la imparcialidad del juzgador. El tribunal consideró que, en este caso, se trataba de una disconformidad con el estilo de conducción de la audiencia.

La decisión también remarcó que las objeciones expuestas no habían sido planteadas oportunamente durante las audiencias cuestionadas mediante los mecanismos procesales disponibles. Ese señalamiento no es meramente formal. Los tribunales suelen distinguir entre una medida excepcional, como apartar a un juez natural, y los recursos ordinarios destinados a revisar una decisión puntual. Si toda diferencia sobre el control de un interrogatorio derivara en una recusación, el juicio oral quedaría expuesto a interrupciones constantes.
El episodio de “El Americano” quedó bajo otra lectura
El último hecho invocado por Di Tella ocurrió el 26 de agosto, cuando Nicolás “El Americano” Soria, tras ampliar su declaración indagatoria, pidió responder solamente las preguntas de su defensor. Ceroleni rechazó inicialmente esa posibilidad, aunque el tribunal revisó luego esa determinación y autorizó el intercambio entre el acusado y su abogado.
Para la defensa, esa secuencia se integraba en un patrón de restricciones. Para los magistrados que resolvieron la recusación, en cambio, el dato decisivo fue que el propio tribunal corrigió su criterio. La revisión posterior no elimina la tensión que pudo producirse en la audiencia, pero debilita la hipótesis de una voluntad persistente de impedir el ejercicio de la defensa. En un proceso oral, las decisiones de organización pueden ser discutidas y rectificadas sin que ello equivalga, por sí solo, a una pérdida de imparcialidad.
Cuatro prefectos reactivarán la producción de prueba
Con la recusación rechazada, la audiencia de este miércoles tendrá como testigos a José Gerardo Alfonzo, Carlos Javier Cuevas, Matías Emanuel Ramírez y Gonzalo Sebastián Abendaño, todos integrantes de la Prefectura Naval Argentina. Sus aportes deberán ser valorados dentro del conjunto probatorio y de acuerdo con las preguntas de acusaciones y defensas. La relevancia de sus declaraciones dependerá de qué hechos concretos puedan reconstruir, qué procedimientos hayan intervenido y cómo se vinculen sus versiones con los demás elementos incorporados al expediente.
La reanudación con testigos de una fuerza de seguridad muestra que el juicio retoma su dinámica probatoria luego de una discusión centrada en reglas de procedimiento. Esa transición es importante: el debate no puede perder de vista que su función principal es establecer hechos, evaluar evidencia y determinar responsabilidades individuales, bajo el principio de contradicción entre las partes.
La detención del abogado de Núñez abre un frente distinto
La continuidad del juicio enfrenta, sin embargo, otra cuestión urgente. Martín Castillo, defensor de Pablo Núñez, fue detenido el lunes en el barrio porteño de Palermo bajo sospecha de integrar una organización narcocriminal de Rosario vinculada a Francisco “Fran” Riquelme. Castillo deberá presentarse el viernes a una audiencia imputativa en el Centro de Justicia Penal rosarino.
Núñez está acusado junto con otras nueve personas de haber interferido en el avance de la investigación por la desaparición de Loan. La situación de su abogado no implica, por sí misma, una consecuencia sobre la responsabilidad de Núñez en esta causa, porque se trata de expedientes y acusaciones diferentes. Pero sí obliga al tribunal a resolver quién asumirá su defensa técnica durante el debate, para que ninguna audiencia avance sin una representación efectiva.
Ese punto puede resultar más delicado que la recusación recién resuelta. El rechazo al apartamiento de Ceroleni mantiene estable la conducción del tribunal; la eventual ausencia de Castillo afecta directamente el derecho de defensa de un imputado. La respuesta judicial deberá equilibrar dos exigencias: evitar demoras innecesarias en un caso de enorme sensibilidad y asegurar que la continuidad del juicio no se logre a costa de una garantía esencial. Esa tensión, más que los cruces por la dirección de las audiencias, será la próxima prueba de solidez para el proceso.
