Panamá renovó su categoría de país con riesgo insignificante frente a la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB), conocida popularmente como la enfermedad de las “vacas locas”, y acompañó ese reconocimiento con un sistema de identificación que diferencia al ganado importado del nacido en el país. La medida busca reforzar la vigilancia sanitaria, facilitar el rastreo de los animales y sostener las condiciones exigidas por los mercados internacionales.
La ratificación fue aprobada en junio mediante la Resolución N.o 23 de la Asamblea Mundial de Delegados de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) informó que Panamá mantiene esta condición desde 2011, un antecedente relevante para un sector ganadero cuyo acceso a mercados externos depende, en buena medida, de la confianza en sus controles sanitarios.
Aretes de distinto color para seguir el origen del ganado
Como parte del esquema de trazabilidad, los bovinos que ingresan desde otros países reciben aretes rojos, mientras que los animales nacidos en Panamá son identificados con aretes blancos. La diferenciación visual permite reconocer de forma inmediata la procedencia de cada ejemplar durante las inspecciones, la movilización entre fincas, la comercialización y las distintas etapas de la cadena productiva.

La identificación se integra a la plataforma Trazar Agro, utilizada para registrar información sobre el ganado y sus desplazamientos. Según el MIDA, la herramienta permite establecer el origen de los animales y reconstruir su recorrido dentro del territorio nacional. En un escenario de alerta sanitaria, esa capacidad de rastreo puede reducir el tiempo necesario para localizar animales vinculados con una finca, un traslado o un establecimiento específico.
El uso de identificadores diferenciados no implica, por sí solo, que el ganado importado represente un riesgo sanitario. Su función es fortalecer la documentación de movimientos y facilitar la aplicación de medidas de control cuando sean necesarias. Para las autoridades, la trazabilidad constituye una barrera complementaria: no sustituye las inspecciones veterinarias ni los requisitos de importación, pero aporta información operativa para responder con mayor precisión ante una eventual sospecha.
Un reconocimiento ligado a controles permanentes
La categoría de riesgo insignificante certifica que el país cumple las condiciones internacionales establecidas para prevenir y controlar la EEB. Este estatus tiene efectos que trascienden el ámbito técnico, ya que respalda el comercio de bovinos, carne y subproductos pecuarios. Los compradores internacionales suelen evaluar la situación sanitaria de los países proveedores antes de autorizar importaciones, por lo que una clasificación favorable puede reducir obstáculos regulatorios y fortalecer la posición comercial del sector.
La permanencia en la categoría, sin embargo, depende de una vigilancia continua. El MIDA atribuyó el resultado al trabajo coordinado de las instituciones sanitarias, los médicos veterinarios, los productores y otros actores de la cadena agropecuaria. La lógica del sistema se basa en que la prevención no recae únicamente en la autoridad estatal: las prácticas de alimentación, el reporte de anomalías clínicas y el cumplimiento de normas por parte de fincas y empresas también influyen en la capacidad nacional de preservar el estatus.
La EEB es una enfermedad de notificación obligatoria en Panamá. Por ello, la detección temprana de cualquier caso sospechoso es una pieza central de la estrategia oficial. El Laboratorio de Diagnóstico e Investigación Veterinaria Dr. Gerardino Medina H., conocido como LADIV, actúa como laboratorio nacional de referencia para confirmar sospechas y cuenta con metodologías recomendadas por la OMSA para emitir diagnósticos oficiales bajo parámetros científicos reconocidos internacionalmente.
La alimentación animal sigue siendo un punto crítico
El monitoreo sanitario incluye inspecciones y muestreos periódicos en fincas ganaderas, comercios, plantas de elaboración de alimentos y establecimientos que procesan despojos destinados a la alimentación animal. Esta amplitud responde a que la prevención de la EEB no se limita a observar la salud del hato: también requiere controlar los insumos que entran en la dieta de los rumiantes, una de las áreas históricamente asociadas con la propagación de la enfermedad en otros países.
La normativa panameña prohíbe suministrar a los rumiantes alimentos que contengan proteínas de origen animal, especialmente harinas de carne y hueso procedentes de otros rumiantes. La restricción también alcanza la gallinaza y la porcinaza. El artículo 23 del Decreto Ejecutivo N.o 383, emitido el 27 de septiembre de 2010, establece estas prohibiciones, cuya fiscalización abarca plantas procesadoras, explotaciones ganaderas y comercios que venden insumos agropecuarios.
La renovación del reconocimiento internacional y la identificación diferenciada del ganado convergen en un mismo objetivo: limitar las brechas que podrían dificultar una investigación sanitaria o comprometer la confianza en la producción nacional. El desafío para Panamá será mantener la calidad de los registros, la supervisión de la alimentación animal y la notificación oportuna de sospechas, factores que determinan que el estatus sanitario se traduzca de manera sostenida en protección para productores, consumidores y comercio pecuario.
