La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México detuvo a Arturo “N”, señalado como probable responsable del asesinato de Paola Buenrostro, mujer trans y trabajadora sexual asesinada en septiembre de 2016. El imputado fue localizado el 31 de agosto en la colonia El Tráfico, en Nicolás Romero, Estado de México, casi diez años después de que un juez libró una orden de aprehensión en su contra.
Según la investigación, Paola abordó el vehículo de Arturo “N”, quien había contratado sus servicios. Poco después pidió auxilio; sus compañeras la encontraron inconsciente en el asiento del copiloto y al entonces sospechoso con un arma de fuego. Paola murió por las heridas de bala. La Fiscalía sostuvo desde entonces que existían elementos para vincular al detenido con el crimen, pero su localización se prolongó durante años.

Una investigación marcada por omisiones
La captura es resultado de diligencias en Ciudad de México, Estado de México y Baja California, además de una recompensa de hasta 500 mil pesos anunciada en 2023. Sin embargo, el avance judicial llega tras un expediente que evidenció fallas institucionales: la entonces Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal documentó que la investigación inicial no reconoció plenamente la identidad de género de Paola y revictimizó a una de sus compañeras, integrante de su familia social.
El caso adquirió relevancia pública porque fue reconocido como el primer transfeminicidio documentado por una autoridad capitalina. La recomendación de derechos humanos de 2019 y la disculpa pública ofrecida por la Fiscalía en 2021 colocaron el expediente como referencia de las deficiencias que enfrenta la investigación de violencias contra personas trans. La insistencia de familiares, compañeras y organizaciones mantuvo abierta la exigencia de justicia cuando la causa parecía estancada.
El proceso llega bajo una nueva legislación
La detención ocurre después de que Ciudad de México incorporó el transfeminicidio a su Código Penal, en agosto de 2024, mediante la llamada Ley Paola Buenrostro. La norma prevé penas de 35 a 70 años de prisión y considera agravantes como el contexto de trabajo sexual, la saña relacionada con la identidad o expresión de género y amenazas previas. Esa reforma no modifica los hechos de 2016, pero refleja el cambio jurídico e institucional impulsado por este caso. Arturo “N” será puesto a disposición de la autoridad judicial; conserva la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia.
