México podría extender su política de impuestos saludables a productos cotidianos como frituras, botanas y sopas instantáneas, pero todavía no existe una nueva carga aprobada ni un aumento automático de precios. La Cámara de Diputados comenzará a discutir propuestas para ajustar el IEPS dentro del Paquete Económico 2027, con especial atención en alimentos con exceso de sodio y en bebidas alcohólicas. La relevancia del debate no está únicamente en una marca o un producto: podría cambiar el criterio con el que el Estado decide qué alimentos deben pagar más impuestos.
Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, confirmó que legisladores han presentado planteamientos para actualizar gravámenes vigentes. Su señalamiento descarta, por ahora, la creación de impuestos estructuralmente nuevos, pero abre la posibilidad de modificar tasas, cuotas o parámetros de impuestos ya existentes. Esa diferencia es decisiva: no se trata de que un alimento específico haya sido incorporado a un impuesto, sino de una revisión de las reglas fiscales que podría alcanzar a categorías enteras de consumo masivo.

La sopa instantánea entra al debate por el criterio, no por su nombre
La expresión “impuesto a la Maruchan” resume una inquietud popular, aunque simplifica el mecanismo real. Actualmente, el IEPS grava con una tasa de 8% a alimentos no básicos con alta densidad calórica, definidos como aquellos que tienen 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos. En esa categoría ya figuran botanas, confitería, chocolates, dulces, helados y algunos alimentos elaborados con cereales. La sopa instantánea se vuelve relevante porque una eventual incorporación del sodio como criterio fiscal podría poner bajo revisión productos que no necesariamente cruzan el umbral calórico actual.
El cambio tendría una lógica regulatoria distinta. La densidad calórica busca identificar productos cuya composición favorece una ingesta elevada de energía; el sodio apunta a un riesgo nutricional relacionado con hipertensión y enfermedades cardiovasculares. Un impuesto basado en ambos factores ampliaría el universo de alimentos potencialmente gravados y modificaría los incentivos de la industria. Para los fabricantes, ya no bastaría con ajustar porciones o calorías: la reformulación de ingredientes, especialmente de sales y saborizantes, podría convertirse en una decisión fiscal además de comercial.
De 8% a 20%: una posibilidad aún en discusión
Organizaciones y voces legislativas han planteado elevar hasta 20% la tasa aplicable a ciertos alimentos ultraprocesados y revisar la definición de los productos alcanzados. Esa propuesta no equivale a una decisión de la Cámara de Diputados. Deberá atravesar el proceso legislativo, la negociación presupuestaria y la discusión sobre sus efectos en inflación, recaudación y consumo. Sin embargo, el dato muestra la dirección del debate: la discusión ya no se limita a conservar el impuesto vigente, sino a preguntarse si su diseño actual tiene suficiente alcance frente a los problemas de salud asociados con dietas de alto contenido calórico, azúcar o sodio.
Una tasa mayor tendría efectos visibles en productos de bajo precio y compra frecuente. En esos mercados, incluso incrementos aparentemente pequeños pueden influir en la decisión inmediata de compra, sobre todo para familias que usan botanas, bebidas o alimentos instantáneos como opción rápida y accesible. Al mismo tiempo, el impacto final no depende sólo del impuesto. Las empresas pueden absorber parte del costo, reducir el tamaño de las presentaciones, ajustar fórmulas o trasladar íntegramente el gravamen al consumidor. Por ello, anticipar un porcentaje de aumento en anaquel antes de conocer la iniciativa concreta sería prematuro.
El precedente está en las bebidas saborizadas
La discusión llega después de la reforma al IEPS aprobada para 2026. La Cámara de Diputados estableció una cuota de 3.0818 pesos por litro para bebidas saborizadas con azúcares añadidos y de 1.50 pesos por litro para las que contienen edulcorantes añadidos. La medida se sustentó en objetivos de salud pública, particularmente en la prevención de obesidad, diabetes tipo 2 y enfermedades cardiovasculares. El diseño refleja una premisa clara: el precio puede utilizarse como instrumento para desalentar el consumo de productos asociados con riesgos sanitarios.
Ese antecedente también exhibe los límites de la política fiscal. Diputados de oposición cuestionaron que el impuesto agregara presión al gasto de los hogares y advirtieron que los problemas de salud no tienen una sola causa. La objeción tiene un fundamento práctico: una decisión alimentaria está condicionada por ingreso, disponibilidad, tiempo para preparar comida, publicidad y acceso a agua o alimentos frescos. Gravar un producto puede alterar una compra, pero no reemplaza políticas de prevención, información nutricional, infraestructura ni acceso territorial a alternativas más saludables.
El reto será evitar que el consumidor sólo cambie de producto
Estudios sobre impuestos previos han registrado reducciones en la compra de bebidas y alimentos gravados, pero también sustituciones hacia productos fuera de la carga fiscal. Ese resultado obliga a mirar más allá de la recaudación y del precio. Si una persona deja una bebida gravada para elegir otra con perfil nutricional similar, o sustituye una botana por un producto ultraprocesado que quedó fuera de la definición legal, el efecto sanitario puede ser menor al esperado. La precisión técnica de la norma determinará, en buena medida, si el impuesto corrige un incentivo o sólo desplaza el consumo.
La discusión del IEPS para 2027 será, por tanto, una prueba de coherencia entre política tributaria y política alimentaria. Incorporar el sodio podría atender una dimensión que el criterio calórico deja fuera, pero también requerirá reglas comprensibles, evidencia nutricional sólida y una evaluación de impacto distributivo. El punto central no es si una sopa instantánea o una fritura debe convertirse en símbolo del debate, sino si México puede diseñar un gravamen que reduzca daños sin convertir la falta de opciones saludables en un costo adicional para quienes tienen menos margen de elección.
