El conductor acusado de invadir el carril contrario y provocar un choque frontal en la Ruta Nacional 40, en el que murieron Nicolás Echeveste, de 40 años, y su hijo Samuel, de 4, será sometido a juicio oral. La Fiscalía de Neuquén sostiene que J. G. actuó de manera imprudente y lo acusa de homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas.
El siniestro ocurrió el 15 de mayo de 2025, cerca de las 19, cuando el imputado circulaba en una camioneta RAM desde Villa La Angostura hacia Bariloche. Según la reconstrucción incorporada al expediente, el vehículo cruzó al carril contrario y chocó de frente contra un Renault Logan que avanzaba en sentido opuesto. En ese automóvil viajaba la familia Echeveste.

Además de Nicolás y Samuel, resultaron heridos la pareja del hombre fallecido y otro hijo de la familia, de 7 años. Ambos fueron trasladados al Hospital Zonal Dr. Ramón Carrillo de Bariloche y lograron recuperarse. La mujer sufrió un traumatismo de cráneo y lesiones óseas, mientras que el niño presentó politraumatismos.
Samuel murió a la mañana siguiente como consecuencia de lesiones craneanas severas, pese a las intervenciones médicas. El conductor de la RAM sufrió una fractura en una de sus piernas y los demás ocupantes de esa camioneta no padecieron lesiones significativas.
La prueba que sostiene la acusación
La principal evidencia sobre la mecánica del impacto es una pericia accidentológica realizada por Gendarmería Nacional. El informe ubicó la invasión de carril en la secuencia central del choque y fue utilizado por el Ministerio Público Fiscal para respaldar la hipótesis de una conducción imprudente.
La calificación legal atribuida a J. G. es homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales, en concurso ideal con lesiones culposas agravadas. En ambos casos, la acusación contempla como agravante la conducción imprudente de un vehículo automotor. Esa figura había sido fijada al comienzo de la investigación y posteriormente fue confirmada durante la instancia de control de acusación.
La Fiscalía impulsó la elevación a juicio con la adhesión de las querellas particulares. Durante la audiencia de control de acusación y prueba, realizada el 6 de agosto, el fiscal Hernán Scordo cuestionó parte de la evidencia ofrecida por la defensa, entre ella información relacionada con actividades previas del imputado y registros de su teléfono celular, que se extravió durante la investigación.
Scordo sostuvo que esos elementos no eran determinantes para establecer cómo ocurrió el impacto ni para definir la responsabilidad penal por el choque. Sin embargo, el juez Maximiliano Bagnat consideró que la prueba guardaba relación con la teoría del caso de la defensa y resolvió admitirla para el debate oral. En la misma audiencia, el fiscal se opuso al pedido defensivo de suspensión del proceso a prueba.
Con esos planteos resueltos, el magistrado habilitó el pase del expediente a juicio e incorporó testimonios, informes y documentación sobre las circunstancias previas al siniestro. En una etapa anterior, el fiscal jefe Gastón Ávila, junto con el asistente letrado Federico Gayós y el funcionario Gustavo Vázquez, había formulado cargos contra J. G. El juez de garantías Juan Pablo Balderrama avaló entonces la acusación y las medidas de coerción solicitadas por la Fiscalía, incluida la prohibición de salir del país y de conducir vehículos durante el proceso.
