Pico y Placa en Cali: la restricción del 4 de septiembre exige revisar el calendario vigente

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Los conductores que circulen por Cali el viernes 4 de septiembre deberán comprobar antes de salir si su vehículo está cobijado por el Pico y Placa. De acuerdo con la información divulgada para esa jornada, la restricción alcanza a los automóviles particulares cuyas placas terminan en 5 y 6. La medida opera entre las 6:00 y las 19:00 horas, por lo que desplazarse dentro de ese intervalo con un vehículo restringido puede derivar en una sanción económica y en la inmovilización del automotor.

La regla no se extiende a todos los actores viales. Para ese viernes, las motocicletas, los taxis y el transporte público colectivo aparecen reportados como “no aplica”. En el caso de los vehículos particulares, la combinación entre el último dígito de la placa, el tipo de automotor, el día de la semana y el horario determina si pueden transitar. Por esa razón, consultar únicamente el número de la placa no es suficiente: una misma terminación puede estar permitida para una categoría y restringida para otra.

La hora también define el riesgo

El horario es un elemento decisivo para evitar errores. La restricción general para los particulares comienza a las 6:00 de la mañana y finaliza a las 7:00 de la noche. Para el transporte público colectivo, cuando la medida resulta aplicable, la franja se amplía de 5:00 a 22:00 horas. Esta diferencia muestra que el Pico y Placa no funciona como una prohibición permanente, sino como una regulación temporal de la circulación durante buena parte de los periodos de mayor actividad urbana.

La medida se suspende los sábados, domingos y días festivos establecidos por la ley, salvo que la autoridad competente disponga excepcionalmente lo contrario. La suspensión durante los fines de semana no significa que las condiciones sean idénticas en todas las fechas: las rotaciones pueden cambiar mediante decisiones de la Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali. Mantenerse informado resulta especialmente importante cuando el desplazamiento ocurre en jornadas cercanas a cambios de calendario o a actualizaciones administrativas.

Un calendario que requiere precisión

La información disponible también presenta un elemento que los conductores deben considerar con cuidado. Para el primer semestre de 2026 se indicó la siguiente rotación: lunes, placas terminadas en 1 y 2; martes, 3 y 4; miércoles, 5 y 6; jueves, 7 y 8; y viernes, 9 y 0. Ese esquema habría estado vigente entre el 5 de enero y el 30 de junio de 2026. Sin embargo, la referencia específica para el viernes 4 de septiembre señala las terminaciones 5 y 6.

La diferencia no debe tratarse como un detalle menor. Si la rotación semestral dejó de regir después de junio, el dato de septiembre podría corresponder a una nueva resolución; si no hubo actualización oficial, existiría una inconsistencia que solo puede despejarse mediante la consulta directa de la Alcaldía o de la Secretaría de Movilidad. La fecha de aplicación es, por tanto, tan importante como el dígito de la placa. Usar una tabla antigua para planear un viaje posterior puede llevar a una infracción aun cuando el conductor haya revisado cuidadosamente el calendario anterior.

Quiénes quedan fuera de la prohibición

El Pico y Placa contempla excepciones destinadas a preservar servicios esenciales y atender situaciones específicas. Entre los vehículos exentos figuran los de emergencia, los oficiales, diplomáticos y consulares, así como aquellos destinados al transporte de personas con discapacidad o movilidad reducida. También se incluyen los automotores híbridos y eléctricos, los vehículos de carga con capacidad igual o superior a cinco toneladas y los que pagan la tasa por congestión.

Las motocicletas aparecen igualmente dentro de las categorías exceptuadas. No obstante, una exención debe estar respaldada por las características y documentos que acrediten la condición del vehículo. Que un automotor tenga una apariencia determinada o sea utilizado para una actividad especial no basta necesariamente para excluirlo de la medida. La responsabilidad de demostrar que cumple los requisitos recae en buena parte sobre el propietario o el conductor.

Una infracción costosa para la movilidad urbana

La sanción por infringir el Pico y Placa se fundamenta en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Según la información difundida por la Alcaldía de Cali, equivale a 15 días de salario mínimo diario vigente. Con una remuneración diaria de 47.450 pesos, el valor calculado asciende a 711.750 pesos, una suma que puede aumentar el impacto económico de un desplazamiento aparentemente rutinario.

El costo no se limita a la multa. La imposibilidad de continuar el recorrido, los gastos asociados a la inmovilización y la pérdida de tiempo convierten una confusión de calendario en un problema logístico. Para las personas que dependen del vehículo particular, la alternativa más prudente es revisar la terminación de la placa y la categoría del automotor antes de la franja restringida, además de confirmar que la información corresponda específicamente al 4 de septiembre.

El propósito del Pico y Placa es reducir temporalmente el número de vehículos en circulación y, con ello, disminuir la congestión, los accidentes y las emisiones contaminantes. Su eficacia depende de que la rotación sea clara, pública y actualizada, pero también de que los conductores la interpreten correctamente. En Cali, la principal prevención para esa jornada no consiste solo en conocer qué placas tienen restricción, sino en verificar que el dato utilizado pertenezca al periodo administrativo vigente.

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